El caso de litigio
Un caso que servirá de precedente
El 24 de noviembre de 2015, Saúl Luciano Lliuya, agricultor y guía de alta montaña de la ciudad andina Huaraz, presentó ante una corte civil alemana una demanda contra la empresa energética alemana RWE. El y los habitantes de Huaraz están en peligro. A consecuencia del deshielo de los glaciares provocado por el cambio climático, el nivel de agua de una laguna glaciar, situada a unos kilómetros montaña arriba está aumentando. La casa de Saúl Luciano Lliuya y de más de 50.000 habitantes corren el riesgo de ser devastadas por un aluvión. La situación de peligro la provoca el cambio climático, al que RWE ha contribuido con sus emisiones. La demanda dice: "Se determine que la demandada es responsable de cubrir, de acuerdo con su parte proporcional de responsabilidad en el perjuicio, el 0,47 % de los costes resultantes de la aplicación de las medidas de protección adecuadas por parte del demandante o de terceras personas para proteger la propiedad del demandante de una inundación provocada por el deshielo del glaciar y el desbordamiento de la laguna Palcacocha en la medida en que el demandante tenga que asumir estos costes."
Saúl Luciano Lliuya con las abogadas Dr. Roda Verheyen y Clara Goldmann en el Tribunal Regional Superior de Hamm sobre la demanda climática contra RWE.
El 30 de noviembre de 2017, el Tribunal Regional Superior de Hamm consideró posible, en principio, una demanda civil basada en el §1004 del Código Civil alemán (BGB) contra la empresa energética RWE y decidió entrar en la toma de pruebas. Con esta decisión, el tribunal escribió la historia!
Es la primera vez que una corte reconoce que una empresa privada es el responsable principal por su aporte en los daños producidos por del cambio climático. Esto aplica si los daños concretos o riesgos hacia las personas privadas o su propiedad puedan ser parcialmente atribuidas a las actividades de lempresa relevante.
Ya hemos superado el mayor obstáculo en el caso RWE. Que no era otro que decidir si se puede hacer responsable de los daños provocados por el cambio climático a una empresa. A partir de ahora, tenemos que centrarnos en los hechos y en la ciencia"
Roda Verheyen, abogada de Saúl Luciano Lliuya
Toma de pruebas
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Existe una amenaza real de daños de la propiedad del demandante?
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Hasta qué punto han contribuido el cambio climático y las emisiones de CO2 liberadas por RWE a estos daños?
Para responder a la primera pregunta de prueba, el tribunal organizó una visita a Huaraz, que tuvo que ser pospuesta una y otra vez debido a la pandemia de Corona. La visita in situ de un tribunal alemán al otro lado del planeta, en Perú, es extraordinaria, quizá incluso histórica.
A finales de mayo de 2022, ¡por fin llegó el momento! Jueces del Tribunal Regional Superior (OLG) de Hamm, asesores jurídicos y expertos designados por el tribunal viajaron a Perú para investigar si la casa del demandante y su familia están realmente amenazados por una posible ola de inundación del lago glaciar Palcacocha, situado a 4.500 m de altura.
Los peritos prepararán un informe pericial escrito y lo presentarán al tribunal y a las partes. Después, los litigantes tendrán tiempo para reaccionar. Es posible que el informe pericial se discuta también en una audiencia oral posterior.
Espero que los jueces y también los representantes de RWE se hayan dado cuenta con su visita del riesgo cada vez mayor al que nos exponemos aquí. La cuestión para nosotros no es si un maremoto es inminente, sino cuándo y con qué intensidad nos golpeará. Espero con ansias escuchar la evaluación de los peritos.",
dice Saúl Luciano Lliuya.
Saùl Luciano Lliuya durante la visita a Huaraz
Si el tribunal llega a la conclusión de que efectivamente existe un riesgo jurídicamente relevante, se aborda la segunda cuestión de la prueba: si el riesgo en caso de inundación también puede atribuirse parcialmente a RWE.
Cronología
Lo que ha pasado hasta ahora?
24.11.2015: Saúl Luciano Lliuya mete la demanda, calificada como “caso de importancia fundamental” por el Tribunal Regional de Essen en diciembre.
Junio de 2016: En su defensa, RWE niega su responsabilidad por los daños climáticos en los Andes y niega el riesgo de inundación.
15.12.2016: El Tribunal Regional de Essen desestima la demanda por falta de "causalidad jurídica". No obstante, admitió una posible "causalidad científica".
26.01.2017: Tras el rechazo del tribunal de primera instancia, Saúl Luciano Lliuya recurre ante el Tribunal Regional Superior de Hamm.
13.11.2017: En la audiencia, el tribunal afirma que mayores emisores como RWE están obligados en principio a apoyar a las personas de los países pobres afectadas por los daños climáticos
30.11.2017: El Tribunal Regional Superior de Hamm decide entrar en la toma de evidencia y con esto escribe historia jurídica. Se esperan amplios dictámenes de expertos.
25.02.2018 y 14.03.2018: El Tribunal Regional Superior de Hamm rechaza claramente dos contra-argumentos de los abogados de RWE contra la toma de evidencia y vuelve a afirmar que las empresas pueden ser responsabilizados por daños climáticos.
Mayo 2022: Visita del tribunal en Huaraz para la toma de evidencia.
Agosto 2023: Perito entrega informe sobre la primera pregunta probatoria.
§1004 - Vecindad global
La base jurídica es el art. 1004 del Código Civil alemán, la disposición general del derecho civil alemán que regula la protección frente a perturbaciones de la propiedad.
Párr. 1: Si el derecho de propiedad es perturbado de cualquier otra forma que no sea la privación o retención de la posesión, el propietario puede exigir al causante el cese de la perturbación. Si es de temer la producción de ulteriores perturbaciones, el propietario puede solicitar la adopción de medidas cautelares.
Párr. 2: No podrán ejercitarse estas acciones si el propietario está obligado a soportar la perturbación.
En la legislación de muchos países del mundo se encuentran artículos similares. La demanda contra RWE aumenta la presión sobre las empresas que producen una gran cantidad de emisiones, pero también sobre la política de plantear la necesidad de regular este ámbito.
Con la demanda ya se ha logrado que se reinterprete el artículo 1004 del Código Civil alemán. Normalmente, este artículo se aplica en la práctica para resolver litigios vecinales relacionados con daños a la propiedad. Es un artículo que está en vigor desde el año 1900. Ya en 1899, en la exposición de los motivos para establecer la ley, el legislador señaló que esta norma podría regular relaciones legales que fuesen mucho más allá de la vecindad. La demanda ya ha tenido el efecto de releer el artículo 1004.
El Tribunal Regional Superior de Hamm dictaminó que el cambio climático, con sus efectos transfronterizos, ha dado lugar a una especie de relación de vecindad global, por lo que el artículo 1004 también se aplica en este caso. Son unos 10.000 kilómetros que separan la sede de RWE en Essen del demandante Saúl Luciano Lliuya en los Andes peruanos.
Durante una de las comparecencias, las y los jueces citaron los motivos que llevaron a redactar la ley por aquel entonces y los calificaron de "frases proféticas":
"Vivimos en el fondo de un mar de aire. Esta circunstancia nos empuja necesariamente a llevar la actividad humana más lejos. [...] Si se tuviere que dirimir si nos está permitida o no una intromisión de este tipo, no bastará con considerar una simple relación entre vecinos. Se trata más bien de definir el alcance del derecho del propietario con respecto a todas las demás personas [...] Quien aporte la causa para que surjan o se extiendan imponderables debe saber que estos mismos siguen su propio camino. La reproducción de los mencionados más allá de la frontera se debe considerar por tanto consecuencia de sus actos, y no se debe distinguir entonces entre intromisión directa e indirecta.
La relevancia de la Ciencia
Este es el primer caso en el que la investigación de las causas del calentamiento global se va a poner a prueba en esta dimensión ante un tribunal. El tribunal ya ha admitido en principio como pruebas los modelos climáticos.
El caso Saúl Luciano contra RWE ha hecho historia en el ámbito del derecho. En principio, se puede hacer responsables a empresas como RWE de las consecuencias de su modelo de negocio si la ciencia puede demostrar que existe una relación de causalidad. Esto es lo que debe demostrar ahora un grupo de científicos en la región concreta de los Andes para convencer al tribunal.
Puesto que ésta es hasta el momento la única demanda en el mundo de este tipo que ha llegado a la fase de obtención de pruebas, enfrentarse a las complejas cuestiones que deben intentar probar es un reto muy especial para el tribunal y para las y los científicos implicados.
El caso es un gran desafío para la ciencia, porque nos obliga a aunar distintas disciplinas científicas que en parte aún no trabajan juntas tanto como deberían. Necesitamos entender mejor cómo afectan las acciones del ser humano al sistema climático y a los ecosistemas, y las repercusiones que esto, a su vez, tiene sobre la sociedad y sobre las respuestas que surgen de ésta"., explica Christian Huggel, doctor y profesor en Ciencias del Clima.
Un estudio científico independiente realizado por investigadores de las universidades de Oxford y Washington ha llegado ya a una conclusión clara: el calentamiento que está provocando el deshielo de los glaciares en la región de Huaraz es atribuible en más de un 85% a las emisiones humanas. Es incluso más del 99% de certeza de que el retroceso de los glaciares que ha provocado el riesgo de inundaciones en el lago glaciar no puede explicarse únicamente por los cambios naturales.
Este estudio independiente de terceros proporciona una valiosa evidencia para mostrar la cadena causal entre las emisiones de RWE y los impactos del cambio climático en los Andes. En el futuro, más estudios de este tipo podrían permitir demandas similares para responsabilizar a otros grandes emisores de gases de efecto invernadero.
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8 años de litigio climático contra RWE
Hace ocho años el guía de montaña y pequeño agricultor peruano Saúl Luciano Lliuya presentó su demanda civil contra la empresa RWE ante el tribunal regional de Essen. Lo que Saúl inició entonces se ha convertido ahora en uno de los precedentes más reconocidos en el mundo sobre la necesidad de que los grandes emisores deban pagar por la protección contra los riesgos climáticos.
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